CASO PRACTICO UNIDAD
1 – DERECHO MERCANTIL Y DE SOCIEDADES
CRISTIAN LISANDRO GARCIA PINEDA
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE
ASTURIAS
ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
BOGOTÁ
2022
Justificación
El desarrollo de este caso práctico ayudara al estudiante a
identificar las vulnerabilidades que se han efectuado en un cliente que opto
por los servicios de la empresa BODYTECH y que este ha optado por acudir a la
superintendencia para evidenciar las irregularidades en varios de los procesos
internos que maneja la empresa.
Para dar solución a este caso será necesario analizar los
casos expuestos por el cliente y así acudir a la a Ley 1480 de 2011 que se
centra es proteger, promover y garantizar los derechos de los consumidores y
sus intereses a partir del acceso a la información y términos que lo benefician
gracias a esta ley y que de paso se permitirá analizar si esta ley es justa
para ambas partes dependiendo de las perspectivas.
Caso práctico
PROELECTRIC CORPORATION es una de las corporaciones más
grandes del país que fabrica y vende productos eléctricos y electrónicos con
unas cifras de ventas superiores a los 12.000 millones de euros y unos
beneficios netos de 820 millones.
Solución
Analice las
facultades administrativas otorgada a la Superintendencia de Industria y
Comercio en desarrollo del deber de protección y garantía de los derechos de
los consumidores y usuarios, especialmente las conferidas en los numerales 9° y
14° del artículo 59 de la Ley 1480 de 2011.
Ley 1480 de 2011 en su concepto
general de otras actuaciones administrativas se faculta en materia de
protección al consumidor, pero se debe tener en cuenta que estas se ejecutan
siempre y cuando no hayan sido expresadas a otra autoridad.
El numeral 9 cita así: “Ordenar las
medidas necesarias para evitar que se cause daño o perjuicio a los consumidores
por la violación de normas sobre protección al consumidor”, considero que esta
medida es riesgosa ya que permite que la superintendencia tome cualquier tipo
de medida correctiva en pro de los interés de los consumidores pero que a su
vez si no es usada correctamente puede dar origen a abusos a una de las partes
incluso llegando hasta el punto de cerrar un establecimiento, por ello es
necesaria realizar una investigación y lectura detallada del caso para que no
se presenten injusticas a la hora de analizar un caso.
El numeral 14 cita así: “Ordenar
modificaciones a los clausulados generales de los contratos de adhesión cuando
sus estipulaciones sean contrarias a lo previsto en esta ley o afecten los
derechos de los consumidores.”, en cuanto a este numeral el rápido crecimiento
del comercio a través de los años ha dado al uso continuo de contratos y cláusulas
de una manera más frecuente por ello es normal encontrarse con cláusulas y
contratos abusivos que perjudican bastante a los interés de los consumidores
por ello es importante analizar los casos desde las dos perspectivas obviamente
con un ente regulador y lograr dar a un contrato un ámbito mucho mas objetivo
gracias a las adición o modificación de cláusulas.
Describa
los artículos 29 y 33 de la Ley 1480 de 2011 y analice los aspectos vulnerados
al consumidor
De conformidad con el artículo 29 del Estatuto del
Consumidor, “Fuerza vinculante. Las condiciones objetivas y específicas
anunciadas en la publicidad obligan al anunciante, en los términos de dicha
publicidad.”, inicialmente la empresa Bodytech ha omitido parte de la
información sobre el servicio que presta como se enfatiza en el enunciado del
caso práctico.
En segundo lugar, ya mas especifico se ha vulnerado el
derecho del consumidos ha no expresársele que al pagar por el servicio este se
empieza a cobra inmediatamente y no al ingresar por primera vez al
establecimiento, por otro lado, sólo se hace mención al descuento otorgado, sin
que se señalen las condiciones de tiempo de la promoción y al no especificarse
la fecha de inicio se vulnera claramente a los artículos nombrado teniendo en
cuenta que el articulo 33 cita lo siguiente:
“Promociones y
ofertas. Los términos de las promociones y ofertas obligan a quien las realice
y estarán sujetas a las normas incorporadas en la presente ley.
Las
condiciones de tiempo, modo, lugar y cualquier otro requisito para acceder a la
promoción y oferta, deberán ser informadas al consumidor en la publicidad.
Sin
perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, de no indicarse la
fecha de iniciación de la promoción u oferta, se entenderá que rige a partir
del momento en que fue dada a conocer al público. La omisión de la fecha hasta
la cual está vigente o de la condición de que es válida hasta agotar inventario
determinado, hará que la promoción se entienda válida hasta que se dé a conocer
la revocatoria de la misma, por los mismos medios e intensidad con que se haya
dado a conocer originalmente.”
Describa
y analice el numeral 2 del artículo 37 de la Ley 1480 de 2011
De conformidad con el artículo 37 en su numeral 2 del
Estatuto del Consumidor, “Las condiciones generales del contrato deben ser
concretas, claras y completas.”, para buscar una imparcialidad será necesario
de elaborar un contrato justo sin clausulas abusivas y que sea completo ya que
así se evitará y controlará estas cláusulas. De hecho, cumplir con este numeral
se evitarán futuras sanciones.
Analice
la posible vulneración al numeral 4 del artículo 46 de la Ley 1480 de 2011
De conformidad con el artículo 46 en su numeral 4 del Estatuto
del Consumidor, “Informar, previo a la adquisición, la disponibilidad del producto,
el derecho de retracto el término para ejercerlo, el término de duración de las
condiciones comerciales y el tiempo de entrega.”, para el caso se ha vulnerado
completamente por parte de BODYTECH S.A ya que no se le ha informador al
cliente la existencia del derecho del retracto, a si mismo se ha expuesto en el
caso practico se ordeno a la empresa pagar un multa así como informar en
futuras operaciones el derecho al retracto de hecho si también analizamos el
contrato realizado la vigencia es indefinida siendo punto más para la
irregularidad.
Describa
y analice la vulneración del artículo 51 de la Ley 1480 de 2011
El articulo 51 se centra en la reversión de pagos en un
tiempo determinado en el artículo, así como de los deberes del proveedor de
cumplir con sus obligaciones legales y contractuales frente al consumidor y de
las sanciones administrativas a que haya lugar.
En cuanto al caso se realiza la vulneración ya que tampoco se informa el cliente de que puede acceder a la reversión de los pagos y de hecho queda demostrado que algunos meses se han congelado, así como otros se han cobrado sin ser siquiera utilizados por parte del cliente por lo que este esta en la libertad de solicitar una reversión durante los plazos hábiles.
Conclusión
Es importante analizar
la importancia de la ley 1480 de 2011 y de los beneficios que ofrece a los
consumidores, de igual analizar el caso permitirá analizar las vulnerabilidades
realizadas por la empresa hacia el cliente.
Es determinante como consumidores tener los conocimientos
básicos a la hora proteger nuestros intereses como compradores de servicios o
productos, así como identificar y denunciar aquellas malas practicas que tienen
las empresas a la hora de comprometernos con ellos. Por otro lado se debe
evitar caer ante contratos y cláusulas que se aprovechan de los clientes pero
que llegado el caso debemos educarnos y utilizar herramientas que apoyaran esa
protección como consumidores y que controlaran de paso los procesos que
realizan las empresas a la hora de vender.
Referencias
Criado-Castilla, J. F.
(2014). Cláusulas abusivas en los contratos de consumo:(artículos 42 y 43 de la
Ley 1480 de 2011 o estatuto del consumidor). Facultad de Derecho,
Ciencias Políticas y Sociales.
López Márquez, L. C., &
Martelo Angulo, V. D. J. (2012). La protección del consumidor en Colombia
en la Ley 1480 de 2011 a partir de las directrices de la Resolución 39/248 de
la ONU (Doctoral dissertation, Universidad de Cartagena).
Del Consumidor, N. E. (2011). Ley 1480 de 2011.
Villalba, J. C. (2012). ANÁLISIS DE LA LEY 1480 DE 2011, QUE
REFORMA EL ESTATUTO DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN COLOMBIA. Principia
Iuris, 17(17).
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