CASO PRACTICO UNIDAD 2 – DIRECCIÓN DE PROYECTOS I

 

CASO PRACTICO UNIDAD 2 – DIRECCIÓN DE PROYECTOS I  

 

 

 

 

 

CRISTIAN LISANDRO GARCIA PINEDA

 

 

 

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE ASTURIAS

ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS

BOGOTÁ

2022

 

 

 

JAIME ÁVILA ALVAREZ

 

Introducción

Para desarrollar el siguiente caso practico será necesario tener en cuentas las lecturas y videos vistos a través de la unidad para lograr así la correcta implementación de un acta de constitución que será determinante para iniciar un proyecto y en el que se resaltará el nombre del proyecto, el director, el capital, riesgos, entre otras variables. 

 



Caso práctico 

En España, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal fue desarrollada para adaptar la Directiva 95/46/CE. Dicha ley tenía por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

La ley sería de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los hagan susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. Se regiría por la ley todo tratamiento de datos de carácter personal cundo el tratamiento sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento.

Después de varias modificaciones de la ley orgánica, la Unión Europea (UE) desarrolla el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y de Consejo, conocido como Reglamento General de Protección de Datos, el cuál entró en vigor hace ya 18 meses desde hoy pero comenzará a aplicarse exactamente a partir de 4 meses desde la fecha de hoy, resultando obligatorio para las organizaciones implementar las nuevas medidas. Este Reglamento deroga la Directiva 95/46/CE

El Reglamento pretende armonizar en todos los países de la Unión Europea la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos. Además, trata de dar respuesta a la realidad de los datos personales dentro de la sociedad de la información actual.

Los nuevos requerimientos del Reglamento plantean importantes retos para todas las entidades debido al elevado volumen de datos personales que gestionan, convirtiendo la protección de datos personales en un aspecto crítico que todas las organizaciones deben tener presente. El Reglamento es una norma directamente aplicable al ordenamiento jurídico español, no requiriendo de normas internas específicas ni de desarrollo ni para su aplicación.

El Reglamento contiene conceptos, principios y mecanismos similares a los establecidos por la Directiva 95/46. Por ello, las organizaciones que en la actualidad cumplen con la LOPD tienen buena base de partida para evolucionar hacia una correcta aplicación del nuevo reglamento.

De forma general, las nuevas consideraciones que habrán de tenerse en cuenta son los siguientes:

Dos elementos de carácter general constituyen la mayor innovación del Reglamento para los responsables y se proyectan sobre todas las obligaciones de las organizaciones:

·         Se requiere que las organizaciones analicen qué datos tratan, con qué finalidades lo hacen y qué tipo de operaciones de tratamiento llevan a cabo.

·         Consentimiento reforzado: el consentimiento debe ser “inequívoco”, siendo aquél que se ha prestado mediante una manifestación del interesado o mediante una clara acción afirmativa. NO se admiten de ningún modo las formas de consentimiento tácito o por omisión, ya que se basan en la inacción. Se contemplan situaciones en las que el consentimiento, además de inequívoco, ha de ser explícito:

o   Tratamiento de datos sensibles.

o   Adopción de decisiones automatizadas.

o   Transferencias internacionales

El consentimiento puede ser inequívoco y otorgarse de forma implícita cuando se deduzca de una acción del interesado, por ejemplo: cuando el interesado continúa navegando por una web y acepta así el que se utilicen cookies para monitorizar su navegación.

La información a los interesados, tanto respecto a las condiciones de los tratamientos que les afecten como en las respuestas a los ejercicios de derechos, deberá proporcionarse de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo.

La información a los interesados deberá facilitarse por escrito, incluidos los medios electrónicos cuando sea apropiado.

·         Nuevos derechos como “Derecho al Olvido”: consecuencia de la aplicación del derecho de borrado de los datos personales.

·         Nuevos derechos como la “portabilidad”: implica que los datos personales del interesado se transmiten directamente de un responsable a otro, sin necesidad de que sean transmitidos previamente al propio interesado, siempre que ello sea técnicamente posible. El derecho de portabilidad es una forma avanzada del derecho de acceso por el cual la copia que se proporciona al interesado debe ofrecerse en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica.

·         Derecho de acceso: se reconoce el derecho a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento. Los responsables podrán atender a este derecho facilitando el acceso remoto a un sistema seguro que ofrezca al interesado un acceso directo a sus datos personales

·         Los datos serán recogidos con fines determinados: si se recogen datos con una finalidad determinada no se pueden utilizar los datos con una finalidad diferente

·         Obligación de implantar sistemas de cifrado y doble factor de autenticación, incluso sobre los datos considerados de nivel básico.

·         Determinar, como figura clave, el “Data Protection Officer” (DPO) o “Delegado de Protección de Datos” (DPD), que será obligatorio en:

o   Autoridades y organismos públicos.

o   Responsables o encargados que tengan entre sus actividades principales las operaciones de tratamiento que requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala.

o   Responsables o encargados que tengan entre sus actividades principales el tratamiento a gran escala de datos sensibles.

·         Notificaciones de “violaciones de seguridad de los datos”. Las violaciones de seguridad son comúnmente conocidas como “quiebras de seguridad” que incluye todo incidente que ocasione la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos. Por ejemplo: la pérdida de un ordenador portátil, el acceso no autorizado a las bases de datos de una organización (incluso por su propio personal) o el borrado accidental de algunos registros, constituyen violaciones de seguridad a tenor del RGPD y deben ser tratadas adecuadamente. Algunas obligaciones por parte de las organizaciones son las siguientes:

o   Cuando se produzca una violación de la seguridad de los datos, el responsable debe notificar a la autoridad de protección de datos competente, a menos que sea improbable que la violación suponga un riesgo para los derechos y libertades de los afectados.

o   La notificación de quiebra a las autoridades debe producirse sin dilación indebida y, ser posible, dentro de las 72 horas siguientes a que el responsable tenga constancia de ella.

o   La notificación ha de incluir un contenido mínimo:

§  La naturaleza de la violación.

§  Categorías de datos y de interesados afectados.

§  Medidas adoptadas por el responsable para solventar la quiebra.

§  Si procede, las medidas aplicadas para paliar los posibles efectos negativos sobre los interesados.

o   Los responsables deben documentar todas las violaciones de seguridad.

o   El RGPD añade a los contenidos de la notificación las recomendaciones sobre las medidas que pueden tomar los interesados para hacer frente a las consecuencias de la quiebra.

¿Qué se solicita en base a la información anterior?

La organización para la que Ud trabaja es una gran empresa de ingeniería que está compuesta por diversos departamentos como:

§  Recursos humanos.

§  Financiero.

§  Ingeniería eólica.

§  Ingeniería hidráulica.

§  Ingeniería geotérmica.

§  Obra civil

§  Legal y tramitaciones.

§  Sistemas.

§  Oficina de dirección de proyectos (PMO)

Como miembro del Departamento de Sistemas de la organización, eres designado Director del Proyecto para adaptar o modificar los sistemas y herramientas existentes o crear los sistemas o herramientas necesarios para implementar todas las medidas anteriormente mencionadas, incluidas en el RGPD, las cuales deben quedar implementadas antes de la fecha marcada por el Reglamento (+4 meses a partir de hoy), bajo posibilidad de incurrir en sanciones elevadas por su incumplimiento. Los sistemas o herramientas pueden afectar a cualquier departamento dentro de la organización.

El proyecto es considerado crítico por parte de la organización, cuya estructura es matricial fuerte, por lo que se le proporciona un nivel de autoridad, capacidad de decisión y disponibilidad sobre recursos muy elevada. Podrá solicitar recursos humanos tanto del departamento de sistemas como de otros departamentos de la organización. Al mismo tiempo, se le ofrece la posibilidad de contratar a un experto externo si lo considera necesario por no existir o no estar disponible algún perfil determinado dentro de la organización. Se le asigna un presupuesto de 200.000€ como máximo. Teniendo en cuenta la importancia del proyecto, el patrocinador del proyecto será el director de la oficina de proyectos (PMO).

Habrá que tener en consideración los siguientes supuestos para desarrollar adecuadamente los análisis posteriores:

§  Su organización cumple en su totalidad la normativa previa existente en relación a la protección de datos (LOPD 15/1999).

§  A la fecha de hoy, su organización aún no ha comenzado a adaptar sus sistemas y herramientas a las consideraciones del nuevo Reglamento de Protección de Datos (RGPD), por lo que Usted debe comenzar desde cero.

§  Su organización cuenta con procesos, procedimientos y políticas que deben ser respetadas y como, por ejemplo, las siguientes:

o   Política de control y gestión de riesgos.

o   Política de Compliance.

o   Política de Ciberseguridad.

§  Cualquier otro dato o información no incluida en este documento será supuesto para el director del Proyecto.

Con la información de la que se dispone, se requiere el desarrollo del ACTA DE CONSTITUCIÓN para este proyecto


 

Solución

1. Identificador del proyecto

LOGO

Implementación del reglamento (UE) 2016/679

Fecha: 13/08/2022

Área: Sistemas

Director del proyecto: Cristian Lisandro Garcia Pineda

Patrocinador: Director de Proyectos (PMO)

 

2. El propósito del proyecto

Ante la nueva regulación se busca implementar todas medidas expuestas en el reglamento general de protección de datos (RPGD) (UE) 2016/679, Este reglamento corresponde a la protección de datos personales y a la libre circulación de dicha información en los países que integran la Unión Europea, dicha reglamentación será implementada por un equipo multidisciplinario ubicado en España.

 

3. Descripción del producto

Software para el tratamiento de datos bajo el RGDP

 

4. Objetivos medibles del proyecto y criterios de éxito asociados.

Cumplir con el presupuesto asignado que corresponde a 200.000 euros en un tiempo establecido equivalente a 4 meses.

Mejorar sistema actual para que este cumpla con todos los requisitos solicitados y adaptarlo a la nueva normatividad y lograr así satisfacer las necesidades en cuanto al tema de protección de datos.

Definir el objetivo de tratamiento de datos.

 

5. Requisitos de alto nivel.

El sistema debe ser seguro y a su vez debe tener la capacidad de cumplir con toda la normatividad de protección de datos de personas físicas.

Para eso la organización debe implementar un equipo de trabajo capacitado y que cuente con perfil de experiencia que brinde al proyecto los procedimientos, proceso y políticas que cuenta la organización y llegar al objetivo propuesto

El límite máximo de implementación no debe superar los 4 meses ni los 200.000 euros.

 

6. Riesgo general del proyecto.

Uno de los principales riesgos recaes no cumplir con el tiempo de entrega, así como en el presupuesto asignado, de igual manera el factor ciberseguridad, es por ello que el proyecto se considera crítico, implementar las herramientas y equipos será necesario para cumplir con lo exigido por el parlamento europeo.

 

7. Cronograma de hitos

Fase 1: Asignación del personal necesario para el proyecto de las diferentes áreas, inicio 15 de agosto.

Fase 2: estudio de la ley (24 de agosto)

Fase 2: Elaboración de sistemas y herramientas para la mejora del RGPD (29 de agosto)

Fase 3: Prueba (21 de octubre)                                                       

Fase 4: capacitación del software e implementación (11 de noviembre)

Fase 5: finalización del proyecto (12 de noviembre)

 

8. Presupuesto

200.000 euros.

Se discriminan de la siguiente manera:

o   9.000 implementación

o   50.000 nomina

o   20.000 legalización

o   30.000 capacitación

o   10.000 sobrecostos

 

9. Lista de interesados

Director de proyecto, Recursos humanos Contabilidad, Área Legal y tramitaciones Sistemas

 

10. director del proyecto

                                         

Cristian Lisandro Garcia Pineda

Estructura Matricial

 

Conclusión

Es importante para las organizaciones y los directores de proyecto el Acta de constitución, toma importancia debido a que permite radicar formalmente el uso de los diferentes recursos. Por otro lado, confiere al director del proyecto autoridad, pero a su vez dicta un inicio y unos limites para el proyecto.

El acta establece una relación de colaboración entre la organización ejecutora y la organización solicitante por lo que es realmente importante que el director participe en el montaje del acta para asignar eficientemente las pautas y recursos.

 

 

Referencias

 

de Bogotá, C. D. C. (1989). Estatutos y acta de constitución.

Guerrero Chanduví, D. A. (2018). Desarrollo del acta de constitución.

Guerrero Arrelucea, E. P. (2017). Gerencia de proyectos bajo el enfoque del Project Management Institute para garantizar su éxito en la empresa ENCOSERVICE.

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