INFORME DEL ACCIDENTE DE TRABAJO A LA ARL

 INFORME DEL ACCIDENTE DE TRABAJO A LA ARL

¿Qué hacer en caso de un accidente de trabajo?



Todo accidente de trabajo o enfermedad laboral que ocurra en una empresa o actividad económica, deberá ser informado por el respectivo empleador a la entidad administradora de riesgos Laborales y a la entidad promotora de Salud, en forma simultánea, dentro de los dos días hábiles siguientes de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad. (Art. 62 del decreto ley 1295 de 1994)


El no reportar de manera oportuna el accidente de trabajo 

Genera la extemporaneidad en los reportes de accidentes, promueva la comunicación al interior de su empresa para que sea de manera inmediata, puede evitarle posibles sanciones económicas.

Si el empleador no reporta oportunamente el accidente de trabajo, se expone a la sanción contemplada en el numeral 5 del artículo 91 del decreto 1295 de 1994.

Esta norma prevé una sanción de hasta 200 salarios mínimos mensuales que será impuesta por la dirección de riesgos laborales del ministerio del trabajo, según dispone la misma norma.

La ARL no deja de reconocer las prestaciones económicas derivadas del accidente, ni deja de responder por él, pero por la extemporaneidad del reporte puede dificultar el proceso de demostrar que se trató de un accidente laboral, o demostrar que la empresa había cumplido con los requerimientos de seguridad exigidos por la ARL.

Cuando el reporte se hace extemporáneo es preciso enviar a la ARL una carta con las debidas justificaciones del por qué no se hizo el reporte oportuno del accidente.

Informe del accidente de trabajo telefónicamente 

Durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana, se pueden informar los accidentes de sus trabajadores. El trabajador accidentado será inmediatamente direccionado a una IPS cercana al lugar del accidente, adscrita a nuestra red asistencial «Red Asistencial Positiva/ARL» Se genera un número de radicación del reporte, para recibir la atención correspondiente y se envía por correo electrónico o vía fax una copia del reporte de accidente de trabajo.

Una vez ocurre el accidente laboral el empleador debe notificarlo a la respectiva ARL, y el artículo 62 del decreto 1295 de 1994 otorga un plazo de 2 días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente.

El día del accidente no se tiene en cuenta, sino que se cuenta el primer día del plazo es el día hábil siguiente a la fecha en que corre el accidente.

Se insiste en que el plazo para reportar el accidente de trabajo es de 2 días hábiles, por lo que no se consideran domingos ni festivos.


Reporte del accidente de trabajo en medio físico 

Usted puede dirigirse a una de nuestras oficinas o puntos de atención, presentar el reporte diligenciando, «Formato de informe para accidente de trabajo del empleador o contratante», y radicarlo de manera oportuna en el plazo establecido por la ley, dentro de los dos días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente.
  • La investigación de accidentes no tiene como fin hallar culpables, sino identificar las causas que pudieron haber contribuído con la ocurrencia del suceso y aplicar correctivos para prevenir eventos futuros. 
  • El proceso de investigación es un ejercicio continuo, cuya premisa debería partir de actuar preventiva y no reactivamente, un accidente es una gran pérdida, no solo para el afectado sino para su familia, amigos y empresa, por ello, haz de la prevención un trabajo diario, comprometido y proactivo. 
  • Cada trabajador de la empresa hace parte importante en la prevención de riesgos, puesto que cada uno aporta desde su trabajo en el mejoramiento continuo de los procesos; comunicando los peligros, cumpliendo las normas e interviniendo los riesgos, generando así una mejor calidad de vida y trabajo. 
  • Ningún plan de control de riesgos es efectivo si no va acompañado del respaldo de la administración superior de la empresa. 
  • De la alta dirección depende el control de los accidentes, las pérdidas y la reducción de costos, entre otros. 
  • La alta dirección debe desarrollar planes de seguridad, estándares a cumplir, realizar auditorías permanentes que permitan evaluar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en la empresa (SG-SST).
  • Los daños sobre los equipos e instalaciones son reparables, los humanos no lo son, cualquier daño sufrido en una persona genera efectos físicos y emocionales con grandes costos para ellos y sus familias, evitémoslos!!
Cada aseguradora de riesgos laborales pone a disposición del asegurado o empleador un formulario para el reporte del accidente de trabajo, con base a la resolución 156 de 2005 se estableció adoptar los formatos únicos de informe de accidente de trabajo conocido como “FURAT” y de enfermedad profesional FUREP.

Este reporte se puede hacer en línea en algunas aseguradoras, y en otras es preciso diligenciar el formulario en físico, o enviarlo por correo electrónico.

Lo que se debe reportar en un accidente de trabajo.

  • En el reporte de deben indicar aspectos como:Nombre e identificación del trabajador.
  • Dirección del sitio donde ocurrió el accidente.
  • La descripción del accidente (cómo ocurrió, con qué elemento se causó daño, etc.)
  • Lugar del accidente dentro de la empresa o fuera de la empresa.
  • Jornada laboral en la que se ocurrió el accidente (ordinaria o extra).
  • Indicar la parte o partes del cuerpo afectadas por el accidente.
  • Indicar si hay testigos del hecho.

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