NORMATIVIDAD VIGENTE EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COLOMBIA
Decreto 1072 de 2015
Dando cumplimiento a esta Ley 1562/2012, surge posteriormente, el Decreto 1443, el cual actualmente se haya compilado en el Decreto 1072 de 2015.Este Decreto 1072 de 2015 nos dice qué es el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Concretamente, nos dice que el SG-SST, destaca por ser un elemeto que agrega valor a la gestión de las organizaciones no sólo por ser un elemento de cumplimiento legal sino por los importantes beneficios que aporta en cuanto a optimización de los procesos y de los recursos.
Este nuevo SG-SST, según lo recogido por el Decreto 1072 de 2015 se enmarca en el conocido como ciclo PHVA, a través de las cuales será necesario llevar a cabo acciones de revisión por la Alta Dirección y auditorías internas.
Tal SG-SST, debe integrarse con el resto de sistemas de la organización a fin de lograr importantes mejoras de gestión.
Este Decreto 1072 de 2015, especialmente la parte referida al SG-SST, está especialmente enfocada a OSHAS 18001, indicando cómo definir unos parámetros para lograr la mejora continua.
Como ya hemos venido comentando en anteriores artículos, este Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, aglutina toda la reglamentación existente en relación a la Normativa en Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia, simplificando de esta forma dicha reglamentación.
Unos de los requisitos obligatorios que recoge este Decreto 1072 de 2015 es el impositivo para todas las organizaciones colombianas de implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional, con independencia del número de empleados.
Esta obligatoriedad va de la mano de OSHAS 18001, pues ésta es una referencia en cuanto a los requsitos para llevar a cabo la implementación y certificación de tal SG-SST.
Resolución 1016 de 1989 (reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional)
Decreto 1530 de 1996 (reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993)
En caso de que la enfermedad profesional o el accidente de trabajo o sus secuelas, se diagnostiquen con posterioridad a la desvinculación laboral del trabajador, las prestaciones deberán ser pagadas por la última ARP., que cubrió el riesgo ocasionante del daño ocupacional. se reglamentan parcialmente la Ley 100 de 1993 y el Decreto ley 1295 de 1994.Ley 776 de 2002 (por la que se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales)
Según la norma es considerado incapacitado permanente parcial el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad laboral (ATEL) ha tenido una merma definitiva en la capacidad para la cual ha sido contratado o capacitado.Circular unificada de 2004 (unifica las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales)
Unificar las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. Para: Direcciones Territoriales, Juntas de Calificación de Invalidez, Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales y Empleadores del Sector Público y Privado.Resolución 1401 de 2007 (por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo)
Establece obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia.Ley 1562 de 2012 (por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional) Y demás normas vigentes complementarias aplicables a los diferentes sectores económicos.
Iniciando este recorrido sobre la Normativa en Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia, hacemos una primera parada en esta Ley 1562/2012.Esta norma arroja luz sobre los conceptos de Sistemas General de Riesgos Laborales, y sobre el conocido por aquel entonces como Programa de Salud Ocupacional.
Concretamente define un Sistema General de Riesgos Laborales como el conjunto de entidades, normas y procedimientos a seguir para lograr la prevención y protección de todos los trabajadores ante las efermedades y accidentes a los que se enfrentan en su ámbito laboral.
Así pues, todas las disposciones existentes en relación a la seguridad y salud ocupacional, relacionadas con la prevención y mejora de las condiciones de trabajo se integran en dicho Sistema General de Riesgos Laborales.
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